Texto Refundido de la Ley del Estatuto de Trabajadores
Artículo 54. Despido disciplinario.
1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
2. Se considerarán incumplimientos contractuales:
...
c. Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
Hoy pienso que lo narrado a continuación es real:
Un trabajador que se encuentra de baja acude a la empresa a reclamar al gerente unas cantidades en concepto de dietas que no le habían sido abonadas. Al terminar la conversación, sale del despacho murmurando "este hombre está loco". Al día siguiente, el trabajador vuelve de nuevo al despacho del gerente, discuten y, cuando ya se va, el trabajador le dice directamente a la cara "eres un hijo de puta". Ante estos y otros hechos sin relación con los anteriores, la empresa le despide disciplinariamente (en base al artículo 54.2 ET).
El trabajador demanda a la empresa, y el Juzgado de lo Social califica el despido como procedente, sin embargo, el trabajador recurre y, !sorpresa! el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña considera improcedente el despido. Los jueces del TSJ parten de la base de que las dos expresiones que utilizó el trabajador para referirse al gerente "son insultantes" y que ellos no pretenden justificar el proferir este tipo de palabras, pero dejan claro que es desproporcionado que su uso pueda sancionarse sin más con el despido.
Según dice la sentencia, no hay ningún catálogo de expresiones y ofensas que establezca y gradúe si hay o no infracción laboral atendiendo a su sentido gramatical, sino que hay que atender al "contexto en el que se producen". Y en ese contexto, la sentencia destaca que, debido a la degradación social del lenguaje, expresiones como las que usó el trabajador son "de uso corriente en determinados ambientes, especialmente en el marco de discusiones".
Que se vaya preparando el próximo policía que se atreva a ponerme una multa, porque al menos me desahogaré recordando a su progenitora, y es que el lenguaje está muy degradado, ya se sabe...
Además, alega el TSJ, para que una ofensa verbal justifique el despido debe haber un ataque frontal al honor del insultado y que la actitud de quien insulta sea grave y culpable y nada de esto se daba en este caso.
Si tras una discusión, llamar a tu jefe "loco" e "hijo de puta" no es insultar grave y culpablemente a alguien... igual es simplemente sinceridad. Además, claro que no era un ataque frontal, realmente a quien estaba insultando era a la madre del gerente y ella no estaba allí...
Si al menos se lo hubiese dicho en catalán...
3 comentarios:
"Te cagas" la justicia que tenemos. No me queda mas remedio que escribirlo con minúsculas.
Porque como el idioma, también puede ser que se esté degradando (la justicia). O al menos, con ese tipo de sentencias, esté ayudando aún más a que se degrade (el idioma).
Estamos creando un pais que protege al delincuente. Y si no atentos a esta noticia:
http://www.diariojaen.es/index.php/menujaen/25-notlocales/11244-dos-mujeres-ocupan-un-piso-en-el-poligono-de-el-valle
Es decir, que la policia no entra a detener a unos asaltantes por no tener una orden. Que para empezar han partido la puerta.
Estoy seguro, que si cojo y parto la puerta de mi casa me detienen estando dentro.
¡¡no entiendo ná!!.
Me temo que los españoles, para variar nos gusta ser más papistas que el Papa, y pasamos del autoritarismo más extremo al buenismo ilimitado con excesiva rapidez y sin cortapisas de ningún tipo.
Antes el que reclamaba algo de libertad era un rojo, ahora el que reclama algo de sentido común es un facha. !Nos queda tanto que aprender!
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