Artículo 103.3 de la Constitución Española
Hoy pienso que siempre he defendido al funcionario de carrera y, a pesar de incesantes discusiones, nunca me ha parecido justa la posición de privilegio con la que siempre ha contado el interino.
El interino... ese término que la Real Academia Española de la Lengua define como aquel que sirve por algún tiempo supliendo la falta de otra persona o cosa.
Sin embargo, en la práctica, el interino, en nuestra administración, era sinónimo de funcionario que, sin haber aprobado oposición alguna, se encontraba trabajando en un puesto público cerca de su domicilio y con vocación de permanencia.
Sí, es cierto que el interino le solventa la papeleta, el marrón si se prefiere, a la Administración, que en determinados momentos se encuentra con un puesto de trabajo que necesita cubrir de forma urgente y necesaria, pero también lo es que el interino acepta las condiciones de ese puesto y sabe que será temporal, es decir, por un tiempo determinado.
No obstante, es cierto que en determinados casos, la perversión de la Administración ha mostrado su peor cara con las interinidades, que duran y duran, como las pilar duracell, y claro, a veces se han encontrado con nutridos grupos de interinos, miles de ellos, que llevan en su puesto de trabajo "temporal" lustros e incluso décadas, y claro, cuando llega la hora de cubrirla de forma permanente, bajo criterios que respeten los principios de igualdad, mérito y capacidad, basados en criterios objetivos que garanticen la idoneidad para el desempeño de las funciones del puesto a proveer, nos encontramos con el drama del interino, traducido en fuertes grupos de presión mediática.
Ese padre/madre de familia (ahí he estado bien, Bibi) que sale en el programa de Ana Rosa por la mañana llorando, quejándose amargamente de que va a perder el puesto de trabajo que lleva ocupando 8 años, que tiene una hipoteca y dos niños a quien criar y que no le pueden hacer eso.
Y no es que no me de pena o no respete a esa persona, simplemente creo que hay que poner las cosas en su sitio y situar el marco en su justa medida. En primer lugar porque en muchos casos, esas personas no han querido aprobar las oposiciones para seguir en ese puesto de interino, cerca de casa, año tras año, ya que aprobar les podría haber supuesto, seguramente, un traslado a otra ciudad, cosa que sí que hicieron otros valientes, que en su momento decidieron seguir estudiando, sin poder formar una familia y en el momento de aprobar se tuvieron que conformar con irse a cientos de kilómetros de su casa.
En segundo lugar porque esos interinos están cubriendo unas plazas a las que los valientes que en su momento decidieron seguir las normas y estudiar duro , ahora no pueden optar, precisamente porque las tienen ocupadas ellos.
Y en tercer lugar, y desde un punto de vista jurídico y objetivo, porque cuando esas plazas se otorgan al interino por el mero hecho de serlo, se rompe el artículo 14 de la Constitución, que habla de la igualdad y el 103, que habla de los principios de mérito y capacidad.
Sin embargo durante años he presenciado al espeluznante espectáculo de ver cómo se regalaban las plazas a los interinos, bien mediante funcionarizaciones masivas (por cierto, los 30.000 de Andalucía no son ni tan siquiera interinos...) o mediante abusivas valoraciones que hacían que, con sacar un 5 en el examen, la plaza fuese suya.
Y ahí creo que, como en tantas otras cosas, los sindicatos han errado. Defensores a ultranza del interino, no se han percatado de que al amparar a éste, en realidad estaban impidiendo que el ciudadano más preparado y por tanto, con más derecho obtuviese ese puesto.
Por suerte, en estos últimos días, lo obvio, en mi modesta opinión, por fin ha llegado al poder ejecutivo y al judicial.
Por un lado, una reciente sentencia de la sala de lo contencioso del Tribunal Supremo que obliga a las distintas administraciones públicas a incluir en sus ofertas de empleo público las plazas de los interinos.
La sentencia declara contraria a la legalidad la oferta de empleo público realizada en 2007 por el Gobierno de Aragón, que excluía los interinos de la convocatoria por entender que de esta manera se mejoraban los procesos selectivos. El Ejecutivo argumentaba, además, que así se impedía que “bajara la calidad de los seleccionados” (??)
Por otro lado, hace unos días, también leía con entusiasmo que la Comunidad de Madrid (Espe, siempre Espe...) convocaba las oposiciones a maestro y modificaba los criterios de selección. De esta forma, el mérito y la capacidad de los candidatos supondrán dos tercios de la nota total, todas las pruebas serán eliminatorias, habrá que sacar una puntuación mínima en cada una y se da más valor al primer examen, un ejercicio práctico que no se realiza en ninguna otra comunidad.
Claro, esto, supone la rebaja del peso del interino, lo cual no ha gustado a los sindicatos y a los socialistas, cosa que como digo, no entiendo, si tan defensores son de la igualdad de los ciudadanos (y ciudadanas, claro).
Esta noticia la enfocaba el País con el siguiente titular: "Madrid endurece las oposiciones a maestro". Yo creo que más bien Madrid hace más justas las oposiciones a maestro... Pero como antes decía, lo obvio todavía no ha llegado al cuarto poder...
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